Iglesia Luterana Costarricense

una iglesia sin paredes.

Ley sobre Uniones de Convivencia

 ley diverseLa creación de las leyes escritas para el desarrollo y garantía de los derechos humanos, representan un avance significativo en el sistema jurídico de Costa Rica, pero lamentablemente todavía hoy en día existen grupos de poblaciones que son excluidos y discriminados y no se les da la oportunidad de ejercer una ciudadanía plena con todas las garantías sociales y humanas que le corresponden.

 La aprobación de la ley sobre “Uniones de Convivencia” vendrá a significar un importante aporte hacia el verdadero desarrollo de los derechos humanos en Costa Rica. Esta ley pretende el reconocimiento por parte del estado de las uniones de parejas del mismo sexo, facilitándoles la posesión de los derechos y deberes que ofrece el ordenamiento jurídico costarricense.
 
Como parte en el proceso de aprobación, el Movimiento Diversidad organizó en el salón de Expresidentes de la República una presentación del texto sustitutivo de la ley 16 390, que si bien aún no ha sido aprobado demuestra el interés, la buena voluntad y el compromiso de organizaciones por el fortalecimiento de la democracia y el cumplimiento de compromisos internacionales en materia de derechos humanos. A este evento estuvieron presentes representantes de la Iglesia Luterana Costarricense, Heterosexuales por los Derechos Humanos y el Movimiento Diversidad.
 
El Pastor Gilberto Quesada de la ILCO se refirió a la importancia de apoyar esta ley:
 
“Apoyar y acompañar el proceso de aprobación de esta ley, significa estar al lado de las minorías excluidas, ya que esto es una cuestión de Derechos Humanos y no de interpretaciones textuales de la Biblia y la ILCO aborda estos temas bajo una acción pastoral. La violación a los Derechos Humanos llevan a grupos discriminados de la sociedad a una vida dolorosa, de sufrimiento e incapacidad y a partir de esta problemática la Iglesia realiza un trabajo de solidaridad con los proyectos de las minorías. Acompañar en el área pastoral cuando la persona queda reducida al dolor, la soledad y la discriminación es lo que hoy nos lleva a participar en estos proyectos de vida y a partir de las enseñanzas de Cristo abrimos espacios que fomenten la dignidad y una vida plena para todos y todas”.

El texto sustitutivo de la ley 16 390 recoge las principales recomendaciones de las instituciones públicas, organizaciones sociales, de derechos humanos, sindicatos y universidades quienes con su aporte han hecho posible un nuevo documento, con un lenguaje más puntual y preciso que responde satisfactoriamente a una Unión de Convivencia entre personas del mismo sexo. El texto original hablaba de Unión Civil y de Hecho, mientras que ahora se refiere a Sociedades de Convivencia, dejando en claro una marcada diferencia con el Matrimonio Civil y sus aspectos ceremoniales.
 
Otro aspecto importante del texto sustitutivo se refiere a la legalización de la Unión de Convivencia, la cual será inscrita en el Registro Civil, para efectos de seguridad jurídica y su respectiva disolución será realizada sin la intervención de la autoridad judicial.
 
Jeudy Blanco Vega representante de la Organización de Heterosexuales por la Igualdad de los Derechos hace un llamado a la ciudadanía costarricense para que:
 
“Continúen abriendo espacios de opinión favorable al proyecto y se informen responsablemente de manera objetiva, promoviendo un debate entre las partes opuestas, con el fin de que la ciudadanía pueda comparar criterios y formar el suyo propio”.
 
“Es solamente un reconocimiento legal lo que queremos” comenta Abelardo Araya presidente del Movimiento Diversidad, quines realizan acciones, campañas e investigaciones e incidencia para promover condiciones de igualdad y mejor calidad de vida de los grupos sociales que sufren discriminación especialmente por su orientación sexual e identidad de género.
 
Un participante nos comenta que: “Se debe ver el ser humano en toda su integridad independientemente de sus capacidades y preferencia. Ser diverso no implica que no se tengan derechos, los cuales no necesariamente tienen que estar estipulados y es un derecho empoderarse”.

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